DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

25 07 2009

Como lo hemos expresado al tratar la Parte General del Derecho Internacional Privado, de la clara comprensión de sus principios básicos dependerá la lógica misma para el enfoque de la Parte Especial. Esta última, sin el aporte básico de aquellos principios puede parecer un conjunto inarmónico de disposiciones, unas veces caprichosas u otras, resultado de la transacción convencional o el compromiso doctrinario.

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO





ECONOMICS: A VERY SHORT INTRODUCTION

25 07 2009

Becky, who is 10 years old, lives with her parents and an older brother Sam in a suburban town in America’s Midwest. Becky’s father works in a firm specializing in property law. Depending on the firm’s profits, his annual income varies somewhat, but is rarely below 145,000 US dollars ($145,000). Becky’s parents met at college. For a few years her mother worked in publishing, but when Sam was born she decided to concentrate on raising a family. Now that both Becky and Sam attend school, she does voluntary work in local education. The family live in a two-storey house.

ECONOMICS A VERY SHORT INTRODUCTION





LECCIONES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

25 07 2009

Se han dado múltiples definiciones del Derecho Internacional Privado, a partir de las normas que lo componen o de las relaciones jurídicas que-comprende. Citaremos algunas: “Es la rama del Derecho Privado que tiene por objeto el régimen de las relaciones jurídicas en las que existe uno o varios elementos extraños al Derecho local” (Vico).

LECCIONES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO





LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL

25 07 2009

El derecho de propiedad de esta obra comprende para su autor la facultad de disponer de ella, publicarla, traducirla, adaptarla o autorizar su traducción y reproducirla en cualquier forma, total o parcial, por medios electrónicos o mecánicos, incluyendo fotocopia, grabación magnetofónica y cualquier sistema de almacenamiento de información; por consiguiente nadie tiene la facultad de ejercitar los derechos precitados sin permiso del autor y del editor, por escrito, con referencia a una obra que se haya anotado o copiado durante su lectura, ejecución o exposición públicas o privadas, excepto el uso con fines didácticos de comentarios, criticas o notas, de hasta mil palabras de la obra ajena, y en todos los casos sólo las partes del texto indispensables a ese efecto.

LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL